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Citado a declarar: los derechos del investigado

Los derechos legales del investigado al declarar ante la policía o la fiscalía y qué revisar en el acta de declaración.

Autor: Abg. Ahmet Bertuğ Dönmez Fecha: 31 de julio de 20261 min de lectura

Los derechos de quien es citado a declarar como investigado figuran en el artículo 147 del Código Procesal Penal n.º 5271 (CMK). Deben recordársele antes de tomarle declaración.

Derechos principales

  • Conocer la imputación
  • Elegir abogado y recibir su asistencia; si no puede, pedir que el colegio de abogados designe uno
  • Que se informe a un familiar de su detención
  • Guardar silencio sobre la imputación, salvo los datos de identidad
  • Pedir que se recojan pruebas concretas para disipar las sospechas
  • Alegar lo que le favorezca

Métodos prohibidos

Las declaraciones obtenidas mediante malos tratos, tortura, administración forzosa de medicamentos, agotamiento, engaño o promesas ilegales no pueden valorarse como prueba, aunque haya consentimiento (CMK, art. 148).

No firme el acta sin leerla

La declaración se recoge en un acta que se le lee o se le entrega para leer. Si aparece algo que no dijo, pida que se corrija; si no se corrige, tiene derecho a no firmar, y así se hace constar.

La declaración tomada por la policía sin abogado no puede fundar una condena si no se ratifica ante el juez o tribunal (CMK, art. 148/4).

Fuentes

  • Código Procesal Penal n.º 5271, arts. 147 y 148
El contenido de este sitio es meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico.

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