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Deportación y detención administrativa

El plazo de siete días para recurrir la deportación y el recurso ante el juzgado de paz penal contra la detención administrativa.

La deportación es la decisión administrativa de expulsar a un extranjero de Turquía, dictada por la gobernación (YUKK, art. 53). Puede dictarse en los casos del artículo 54, como permanecer sin permiso válido, infringir los plazos de visado o residencia, usar documentos falsos o constituir una amenaza para el orden o la seguridad pública.

Recurso contra la deportación

El extranjero, su representante legal o su abogado pueden recurrir ante el tribunal administrativo en siete días desde la notificación (art. 53/3). El plazo es muy corto; si se pierde, la decisión es firme.

Detención administrativa

Si existe, por ejemplo, riesgo de fuga, puede dictarse una detención administrativa en un centro de retorno. No puede superar seis meses; en casos como la falta de cooperación puede prorrogarse hasta seis meses más (art. 57).

La detención puede recurrirse ante el juzgado de paz penal; el recurso no la suspende automáticamente (art. 57/6).

Al recibir la orden de deportación, guarde de inmediato una copia y la fecha de notificación; el plazo de siete días empieza ese día.

Fuentes

  • Ley n.º 6458 de Extranjería y Protección Internacional, arts. 52–60
El contenido de este sitio es meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico.